miércoles, 16 de marzo de 2011

¿Son objetivas las políticas de conservación de especies en España?

Un reciente estudio, publicado en la revista Biodiversity & Conservation por investigadores del Laboratorio de Socioecosistemas, del Departamento de Ecología de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM), pone de manifiesto los sesgos existentes en la toma de decisiones relativa a la conservación de especies en España.

La necesidad de reflexionar sobre la implementación de las políticas de conservación de la biodiversidad fue una de las principales cuestiones que se plantearon en la X Conferencia de las partes de la Convención sobre Biodiversidad (COP10), que se llevó a cabo en la ciudad japonesa de Nagoya el pasado mes de octubre, y en la que también se puso de manifiesto que el objetivo de detener la pérdida de biodiversidad para el año 2010 había fracasado.

Un “privilegio” científico, legal y político


En su estudio, los investigadores de la UAM —Berta Martín-López, José A. González y Carlos Montes— lograron demostrar que actualmente las políticas de conservación de especies en España vienen determinadas por un bucle de retroalimentación positiva, en el que determinados grupos taxonómicos (principalmente aves y mamíferos) gozan de un “privilegio” científico, legal y político.

Según exponen, la información científica existente, sesgada a grupos taxonómicos filogenéticamente cercanos al ser humano, conforma el criterio fundamental para la decisión de incorporar una especie en las listas rojas de las especies amenazadas a escala internacional o nacional, lo que a su vez influye sobre la legislación relativa a la conservación de especies.

Berta Martín-López, investigadora principal del estudio, explica lo anterior señalando que: “Por un lado la creación de listas rojas es un proceso básicamente científico basado en la información ya existente, la cual está sesgada a mamíferos y aves. Pero además, las especies amenazadas catalogadas en las listas rojas reciben mayor atención científica que aquellas especies que no gozan de suficiente información para ser evaluadas.

Listas rojas y legislación

Por otro lado, existe una fuerte relación entre las listas rojas y la legislación ambiental sobre especies amenazadas, usando frecuentemente el criterio de las listas rojas como información clave para la acción legal de conservación. Finalmente, la categorización de especies en cualquiera de las categorías de amenaza críticas establecidas tanto en las listas rojas como en la legislación ambiental determina la distribución del presupuesto de conservación.

Por tanto, la consecuencia directa de que una especie sea catalogada como “críticamente amenazada” o “en peligro” es un substancial aumento del presupuesto de conservación destinado a la misma”.

El estudio argumenta, por ende, que invertir una gran proporción de presupuesto de conservación en pocas especies con un elevado riesgo de extinción no es la estrategia más eficiente para promover la conservación de la biodiversidad, ya que requiere grandes esfuerzos de conservación con escasa probabilidad de éxito.

Además, una estrategia como la descrita, implica que muy pocas especies son consideradas prioridades para la conservación. Y supone que las especies que conforman la mayoría de la biodiversidad —y que son críticas en el mantenimiento del funcionamiento ecológico (por ejemplo hongos, briófitos e invertebrados)— son precisamente las menos conocidas científicamente, las que están inadecuadamente representadas en las listas rojas de especies amenazadas, y las que reciben menor presupuesto para su conservación.

Para invertir la tendencia generada por este bucle de retroalimentación positiva, el estudio sugiere finalmente que el esfuerzo científico se expanda a grupos taxonómicos filogenéticamente separados del ser humano (hongos, vegetación e invertebrados), y que las listas rojas a diferentes escalas organizativas (tanto internacionales como autonómicas) evalúen el estado de conservación de los grupos taxonómicos menos conocidos.

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